El concurso de acreedores de una persona física pretende ser una solución para los empresarios individuales o administradores que se encuentran con deudas que no pueden satisfacer. La Ley Concursal tiene como objetivo la cancelación de todas las deudas pendientes bajo la consideración del deudor de buena fe, sin emprender ninguna acción con respecto al negocio durante este período de tiempo, pudiendo solicitar posteriormente la exoneración cuando el procedimiento haya terminado.
Existe la idea generalizada de que a los concursos de acreedores solo se pueden acoger las empresas, y están exclusivamente para ayudar a las corporaciones, pero también es una opción a la que puede optar cualquier persona natural.
Qué es un concurso de acreedores para una persona física
Los empresarios individuales y los administradores de empresas pueden encontrarse en una situación difícil al no poder satisfacer sus deudas. Para ayudar a estas personas, existen unas leyes que prevén un acuerdo de pago extrajudicial entre el deudor y los acreedores gestionado por el mediador. La Ley Concursal está pensada para la cancelación de las deudas pendientes considerando que no hay ninguna intención maliciosa, en nombre de cualquiera de las partes; esto incluye la presentación de pruebas que demuestren los intentos realizados para llegar a acuerdos (intento de acuerdo extrajudicial de pagos) antes de seguir adelante con los procedimientos que conducen a la audiencia de la sentencia final sobre la satisfacción o el rechazo basado en lo que se discutió durante las sesiones de mediación, si procede.
Cuáles son los requisitos para acogerse a esta ley
Cualquier empresario o administrador de Empresa puede acogerse a la Ley Concursal, con las consideraciones que marca el texto refundido, que dependen de las diferentes situaciones en las que se encuentra el deudor.
Antes de realizar la solicitud del Concurso, debe estar inscrito como empresario en el Registro Mercantil y solicitar un mediador concursal.
Una vez resuelta la mediación se puede solicitar el Concurso, donde puede ser el administrador concursal el mismo mediador.
Hay varios requisitos que debe de cumplir la persona física para poder acogerse al concurso:
- Debe de haber al menos un deudor, que puede ser la persona física
- La persona física o deudor debe de haberse declarado insolvente previamente, de forma inminente. Por insolvente entendemos que no puede cumplir, de forma regular o puntualmente con sus obligaciones de pagos. La insolvencia debe de ser probada y alegada por alguien; en el caso de concurso voluntario por el deudor, y en el concurso forzoso por uno o varios de los acreedores
- Si se llega a formalizar el concurso, la ley tiene como objetivo que se satisfagan el mayor de deudas posibles, de manera que ningún acreedor reciba un trato de favor. Por ello esta ley además de ayudar a las personas físicas, también apoya en alguna medida a los acreedores
Qué efectos tiene sobre el empresario
Cuando un empresario o administrador de una sociedad solicita el concurso de acreedores tiene las siguientes consecuencias:
- El deudor o persona física conserva el poder sobre cómo quiere disponer de sus activos, sujeto únicamente a la intervención del administrador concursal, que suele ser el propio mediador
- Se deben de conservar todos los justificantes de los movimientos de las cuentas, revisados y firmados por el administrador concursal
- Desde la iniciación del concurso procederá por insuficiencia de activos cuando no esté claro si hay fondos suficientes para los acreedores. Si el juez decide que estos importes pueden ser satisfechos por alguien que no sea él mismo, entonces dará su aprobación para constituir a este tercero como garantía en nombre (o “sucesión”)
- El concursado podrá solicitar la exoneración de su pasivo insatisfecho cuando haya suscrito o intentado suscribir un acuerdo de pago extrajudicial con los acreedores. Si esto no es posible debido a que no hay activos suficientes para ellos o no existe ningún otro medio que permita la satisfacción sin poner en peligro los intereses de los futuros prestamistas, entonces se tomará una decisión por orden tras una consulta adecuada entre todas las partes implicadas, incluidos los representantes del patrimonio de los deudores
Ventajas del concurso para el empresario o persona física
El concurso de acreedores para personas físicas, proporciona un plan de pagos a los acreedores a través de la figura del Mediador Concursal. En el caso de que los acreedores no acepten este plan de pagos, el Mediador procederá al inicio del Concurso durante el cual el deudor puede tener relativamente una vida normal, controlado por el Administrador Concursal. Una vez haya terminado el proceso puede optar por la exoneración de las deudas.
En resumen, los acreedores serán compensados en un plan de pagos a través de un mediador concursal. Si no se puede llegar a un acuerdo, es el propio mediador concursal quien inicia el procedimiento supervisando al deudor, y conforme a la ley, mientras se liquidan las deudas, una vez finalizado el procedimiento.
Por ello este procedimiento es ventajoso tanto para el concursado o deudor, como para los acreedores.
Cuánto dura un concurso de acreedores personal
Se puede calcular de una forma aproximada los plazos de algunas fases, pero la duración total no es posible tener una estimación de la misma, ya que depende de las características de cada caso, en particular y fundamentalmente del periodo de liquidación si procede, de los activos de la empresa.
En cualquier caso, los plazos de las distintas fases de la liquidación son fáciles de determinar. Pero hay algo bastante incierto: ¿Cuánto tiempo durará en total? Esto depende de las circunstancias específicas y, sobre todo, de lo que ocurra con los activos de la empresa.
En este sentido, por ley, todo deudor tiene hasta dos meses de tiempo para comenzar el concurso.
Se puede estimar, que a continuación, desde que se solicita la declaración del concurso e interviene el administrador concursal, pueden pasar 3 o 4 meses.
El periodo de liquidación es lo que más dura, ya que en él interviene la venta de los bienes, que no tiene una duración determinada, por ello estamos hablando desde unos pocos meses o años.
Quién puede declararse en concurso de acreedores
Según La Ley Concursal y su texto refundido, puede acogerse a concurso de acreedores cualquier persona física o jurídica. La única condición es la declaración de insolvencia actual o inminente.
De forma que pueden acogerse a concurso todos los deudores que sean:
- Personas físicas,
- O jurídicas, en este caso deben de tener personalidad jurídica y dos o más acreedores
Donde se regula el concurso de persona física
El proceso de Concurso está regulado por la Ley 22/2003, de 9de Julio, Concursal, que contempla tres fases consecutivas:
- Declaración de concurso: es el juez quién estudia la solicitud admitiéndola o no
- Fase determinación de las masas activa y pasiva
- Solución del concurso: en esta fase se deben de satisfacer los créditos, mediante un convenio con los acreedores o bien mediante liquidación de los bienes del deudor, de donde se obtiene el importe para poder realizar los pagos
El Abogado experto y especializado en este tipo de materia se le denomina abogado concursal.
Si tienes cualquier duda y necesitas asesoramiento, no dudes en consultar con nuestro equipo de abogados derecho concursal y abogados de segunda oportunidad.