La denegación de una Incapacidad Permanente por parte de la Seguridad Social es una situación muy común y, aunque puede resultar frustrante, existen alternativas legales para reclamar.

Estos son algunos pasos que puedes seguir:

Presentar una Reclamación Previa

El primer paso es presentar una Reclamación Previa administrativa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Tienes un plazo máximo de 30 días hábiles tras la notificación de la resolución para realizar este trámite.

Esta reclamación solicita una nueva evaluación de tu caso y es crucial presentar documentación médica actualizada que demuestre la gravedad de tu situación. Es recomendable contar con un abogado de incapacidades permanentes para maximizar las posibilidades de éxito.

Demandar judicialmente si la Reclamación Previa es denegada

Si el INSS vuelve a rechazar tu solicitud, puedes interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social. Este proceso judicial te permitirá presentar pruebas adicionales, como informes de especialistas, testimonios y otras evidencias relevantes. Recuerda que tienes 30 días hábiles desde la denegación de la reclamación para formalizar la demanda.

Es fundamental contar con un abogado experto en incapacidad permanente para garantizar que tu caso sea presentado correctamente.

En caso de sentencia desfavorable, recurrir

Si no se obtiene un fallo favorable en el juicio, puedes presentar un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de tu Comunidad Autónoma. Este es un paso adicional que busca revisar la decisión judicial anterior en base a posibles errores en la interpretación de las pruebas o la ley.

Qué es la incapacidad permanente

La incapacidad permanente es una situación en la que una persona, debido a una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad para trabajar de manera definitiva. Es un concepto común en sistemas de seguridad social y laborales, y suele estar asociado a prestaciones económicas o pensiones para compensar la pérdida de ingresos.

Tipos de incapacidad permanente

Los tipos de incapacidad permanente se clasifican en:

Incapacidad Permanente Parcial

  • Se refiere a una disminución parcial de la capacidad laboral, pero que no impide al trabajador realizar su actividad habitual.
  • Por ejemplo, una persona que pierde un dedo puede seguir trabajando, pero con ciertas limitaciones.

Incapacidad Permanente Total

  • Implica que la persona no puede desempeñar su profesión habitual, pero podría dedicarse a otra actividad laboral diferente.
  • Por ejemplo, un carpintero que pierde la movilidad en una mano podría trabajar en un puesto administrativo.

Incapacidad Permanente Absoluta

  • En este caso, la persona no puede realizar ningún tipo de trabajo, independientemente de la profesión.
  • Suele estar asociada a enfermedades graves o discapacidades severas.

Gran Invalidez

  • Es el grado más severo de incapacidad permanente. La persona, además de no poder trabajar, necesita la ayuda de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria, como vestirse, comer o desplazarse.
  • Por ejemplo, alguien con parálisis total o ceguera completa.

Cada tipo de incapacidad suele estar sujeto a evaluaciones médicas y legales para determinar el grado de afectación y las prestaciones correspondientes.

¿Si me deniegan la incapacidad tengo que volver a trabajar?

La denegación de una incapacidad permanente implica, en la mayoría de los casos, que el trabajador debe reincorporarse a su puesto de trabajo tras recibir el alta médica. Según lo establecido, el alta en la Seguridad Social surte efecto al día siguiente de la notificación, lo que obliga al trabajador a regresar a sus funciones al siguiente día laborable.

Sin embargo, existe una salvedad importante. Si se presenta una reclamación previa, los efectos de la reincorporación pueden postergarse hasta que se resuelva dicha reclamación. Si esta reclamación también es rechazada, el trabajador deberá reincorporarse inmediatamente desde el día siguiente a la notificación de la denegación.

Consecuencias de No Reincorporarse al Trabajo

No presentarse al puesto de trabajo en un plazo de 24 horas desde la notificación puede tener consecuencias graves. La ausencia injustificada podría ser considerada como motivo para aplicar sanciones disciplinarias, lo que podría desencadenar incluso en un despido en casos extremos.

Acciones a Tomar si No te Sientes en Condiciones para Trabajar

Si el trabajador no se siente capaz de retomar sus funciones pese a haber recibido el alta médica, hay opciones que puede explorar:

Solicitar una Nueva Baja Médica

Acude a tu médico de cabecera para evaluar si es necesario iniciar un nuevo proceso de incapacidad temporal basado en tu estado actual de salud.

Revisión Médica por la Empresa

Puedes solicitar a la empresa un reconocimiento médico para verificar si tu estado físico se ajusta a las demandas de tu puesto de trabajo. Es tu derecho según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Reclamar la Resolución Denegatoria

Aunque tengas que reincorporarte, aún puedes presentar una reclamación previa al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Si esta es denegada, tienes la posibilidad de interponer una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social.

Aspectos a Tener en Cuenta

Es esencial comunicarse con la empresa tras la notificación de alta para acordar todos los detalles relacionados con la reincorporación, como el horario y las tareas específicas. Esto demostrará tu disposición para cumplir con las obligaciones laborales mientras exploras las alternativas legales disponibles en caso de no sentirte en condiciones de seguir trabajando.

La orientación experta de abogados especializados en derecho laboral puede marcar una gran diferencia en estos procesos. Si te encuentras en esta situación, busca asesoramiento legal adecuado para proteger tus derechos y encontrar la mejor solución según tu caso.

Denegación Incapacidad Permanente

Cómo notifica el INSS la denegación de incapacidad permanente

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) notifica la denegación de la incapacidad permanente a través de una resolución administrativa. Este documento oficial se envía al solicitante y contiene los motivos por los cuales se ha rechazado la solicitud.

El proceso consiste en lo siguiente:

Forma de notificación

  • La notificación se realiza por correo postal certificado al domicilio del solicitante registrado en el expediente.
  • En algunos casos, si el solicitante ha optado por la vía telemática, la notificación puede enviarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En este caso, el solicitante debe estar dado de alta en el sistema Cl@ve o disponer de un certificado digital.

Contenido de la resolución

La resolución incluye:

  • Datos personales del solicitante.
  • Motivo de la denegación: Se especifican las razones, que pueden ser médicas (no se considera que la enfermedad o lesión limite lo suficiente la capacidad laboral) o administrativas (falta de requisitos como cotizaciones mínimas).
  • Plazo para recurrir: Se informa del tiempo disponible para presentar una reclamación previa o recurso, que suele ser de 30 días hábiles desde la recepción de la notificación.
  • Órgano competente: Se indica ante qué organismo o tribunal se debe presentar el recurso.

Opciones tras la denegación

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes:

  • Presentar una reclamación previa ante el INSS, explicando por qué consideras que la denegación es incorrecta. Esto debe hacerse dentro del plazo indicado.
  • Si la reclamación previa también es rechazada, puedes interponer una demanda judicial en el Juzgado de lo Social.

Plazos importantes

  • 30 días hábiles para presentar la reclamación previa.
  • 20 días hábiles para interponer una demanda judicial si la reclamación previa es desestimada.

Si te han denegado una Incapacidad Permanente y recurres, ¿estás obligado a seguir trabajando?

Si te han denegado una Incapacidad Permanente y decides recurrir la decisión, no estás obligado a seguir trabajando si tu estado de salud no te lo permite. Sin embargo, la situación puede variar dependiendo de tu caso particular y de si estás en una situación de baja médica o no. Aquí te explico las posibles situaciones:

Si estás de baja médica (Incapacidad Temporal)

  • Si sigues en situación de Incapacidad Temporal (baja médica), no estás obligado a reincorporarte al trabajo mientras dure la baja.
  • Durante este tiempo, seguirás recibiendo la prestación por incapacidad temporal hasta que:
    • Te den el alta médica.
    • Se agote el plazo máximo de la baja (generalmente 365 días, prorrogables a 180 días más en casos excepcionales).
  • Si el INSS te da el alta médica mientras recurres, tendrías que reincorporarte al trabajo, salvo que impugnes el alta médica y un juez decida lo contrario.

Si no estás de baja médica

  • Si no estás de baja médica y el INSS ha denegado la incapacidad permanente, sí estarías obligado a reincorporarte a tu puesto de trabajo mientras se resuelve el recurso.
  • En este caso, si tu estado de salud no te permite trabajar, podrías:
    • Solicitar una nueva baja médica si tu médico considera que tu situación lo justifica.
    • Negociar con tu empresa un cambio de puesto o adaptación de funciones, si es posible.

Si estás desempleado

Si no tienes trabajo en el momento de la denegación, no estás obligado a buscar empleo mientras recurres. Sin embargo, podrías seguir cobrando prestaciones por desempleo (si tienes derecho a ellas) o buscar otras ayudas económicas.

Recomendaciones

  • Consulta con un abogado laboralista o experto en incapacidad laboral social para que te asesore sobre tu caso concreto.
  • Si tu salud no te permite trabajar, es importante que lo comuniques a tu médico de cabecera para que valore la posibilidad de emitir una nueva baja médica.
  • Si decides recurrir, asegúrate de cumplir con los plazos legales y presentar toda la documentación médica que respalde tu incapacidad.

La importancia de contar con abogados especializados en incapacidades laborales

Disponer de un abogado especializado en incapacidades laborales no es un lujo, sino una necesidad cuando se trata de proteger tus derechos durante todo el proceso de solicitud o reclamación.

Un abogado con experiencia en este campo será clave para evaluar si tu caso tiene posibilidades reales de éxito y te ayudará a recopilar los informes médicos y demás pruebas necesarias para fortalecer tu solicitud. Esto no solo aumenta las probabilidades de obtener un resultado favorable, sino que también asegura que estés respaldado en cada etapa de este procedimiento complejo.

Si has recibido una resolución desfavorable o necesitas orientación, contáctanos hoy mismo para obtener información sin ningún compromiso. Nuestro equipo está aquí para ofrecerte el apoyo que necesitas y guiarte durante todo el camino.