Conferencia del Excmo. Sr. D. Vicente Magro Servet, magistrado Sala de lo Penal del Tribunal Supremo
Coloquio posterior – Clausura D. Gerardo Cuerva, vicepresidente CEOE
Día: viernes 08 de febrero
Hora: 12:00H
Lugar: CEOE – C/ Diego de León, 50. Madrid
Las empresas podrán contar con una orientación cualificada para la prevención de responsabilidades penales, el próximo 8 de febrero, por medio de la conferencia que pronunciará el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Vicente Magro Servet, en el marco de un acto dirigido a empresarios, organizado por Hispajuris Abogados, en colaboración con CEOE, en cuya sede tendrá lugar el evento.
La apertura del acto estará a cargo del presidente de Hispajuris Abogados, Javier López y García de la Serrana, y del Responsable Legal de CEOE, José María Campos, mientras que la clausura corresponderá al vicepresidente de CEOE y presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva Valdivia.
El magistrado analizará las ventajas que suponen para las empresas la contratación conjunta de la póliza de seguro de responsabilidad civil de directivos y de empresas para los supuestos en los que se pueda derivarse a la empresa y una eventual responsabilidad penal y civil por ilícitos cometidos por empleados y directivos.
Asimismo, se centrará en los fines preventivos asociados a la implantación de un programa de compliance que evite la delincuencia a cargo de directivos y empleados en el seno de la empresa, no solo ad extra, sino, también, ad intra, con daños, económicos y reputacionales para la propia empresa y para terceros.
La idea de fondo que sostendrá el magistrado, es la del compliance como un beneficio, y no como un gasto, al modo como se entiende en el mundo anglosajón, que lo considera un instrumento para asegurar que en las empresas se cumple el derecho y existe un control de cumplimiento que repercute en la garantía para el cliente que contrata con ellos, y para el propio empresario, que refuerza medidas de autocontrol interno.
Un dato sobre el que se debatirá se refiere a los casos de comisión de ilícitos penales en el seno de la empresa, que en un 56% se refieren a apropiación indebida y administración desleal a cargo de directivos de la propia empresa, con ésta como perjudicada directa, y en un 44% las víctimas son clientes de la empresa.